
PRIMER PRINCIPIO: el niño disfrutara de todos los derechos enunciados en esta declaracion. Estos derechos seran reconocidos a todos los niños sin exepcion alguna ni distincion o discrininacion por motivo de color, sexo, religion, etc. ya sea del propio niño o de su familia.
SEGUNDO PRINCIPIO: el niño gosara de una proteccion especial y dispondra de oportunidades y servicios dispensado todo por ello por la ley y por otros medios para que pueda desarrollarse fisica, mental, moral,espiritual y socialmente en forma saludable y normal asi como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin la consideracion fundamental a que se atendera sera el interes superior del niño.
TERCER PRINCIPIO: el niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad.
CUARTO PRINCIPIO: el niño deve gosar de los beneficios de la seguriadad social. Tendra erecho a desarrollarse en buenba salud; con este fin deveran proporcionarse tanto el como su madre cuidados especiales incluso atencion prenatal y postnatal. El niño tendra derecho de disfrutar de alimentacion, vivienda,etc.
QUINTO PRINCIPIO: el niño fisica o mentalmente inpedido o que sufra de algun inpedimiento deve recivir el tratamiento, la educacion y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
SEXTO PRINCIPIO: el niño para el pleno y armonioso desarrollamiento de su personalidad necesita amor y conprencion sienpre que sea posible devera creser al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y en todo caso en un anbiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancia salvo en circunstancias excepcionales no devera separarse al niño de corta edad de su madre la sociedad y las autoridades publicas tendran la obligacion de cuidar especialmente a los niños sin familia o que crescan en medios adecuados de subsistencia para el mantenimiento de los hijos de familias conviene conseder subsidios estatales o de otra indole.
SEPTIMO PRINCIPIO: el niño tiene derecho a recivir educacion que sera gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dara una educacion que favorezca una cultura general y le permita, en condiciones de igualda de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juisiso individual, su sentido de responzavilidad moral y social, y llegar a ser un mienbro util de la sociedad. el interes superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad incumbe en un primer termino, a sus padres. el niño debe disfrutar plenamente de juegos, los cuales deberan estar orientar a los fines perseguidos por la educacion; la sociedad y las autoridades publicas se esforzaran por promover el goce de este derecho.
OCTAVO PRINCIPIO: el niño debe, en toda circunstancia, entre los primeros que reciban proteccion y socorro.
NOVENO PRINCIPIO: el niño debe ser protegido contrs toda forma de abandono, crueldad y explotacion. no sera objeto de ningun tipo de trata. no debera permitirse al niño trabajar antes de una edad minima adecuada; en ningun caso se le dedicara ni se le permitira que se dedique a ocupacion o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educacion, o inpedir su desarrollo fisico, mental o moral.
DECIMO PRINCIPIO: el niño debe ser protegido contra las practicas que pueden fomentar la discriminacion racial, religiosa o de cualquier otra indole. debe ser educado en un espiritu comprecion, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energias y aptitudes al servicio de sus semejantes.
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